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8,5 millones de euros.

TS español confirmó sentencia que condenó a siete años y medio de cárcel a un proxeneta que ocultó ganancias procedentes de la prostitución.

El máximo Tribunal español ratificó la pena de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid.

6 de marzo de 2017

El Tribunal Supremo español confirmó la condena de 7 años y medio de cárcel por tres delitos contra la Hacienda Pública impuesta a un hombre dedicado a negocios de prostitución en Madrid, S.A.K.K., que ocultó al fisco más de 8,5 millones de euros de beneficios de dichas actividades en los años 2007, 2008 y 2009.

En su sentencia, el máximo Tribunal español ratificó la pena de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid, así como la multa de 8,8 millones de euros, y aumenta, además, al estimar el recurso del abogado del Estado, la responsabilidad civil de 3 millones de euros que también fue condenado a pagar a la Hacienda Pública en concepto de indemnización por las cuotas defraudadas en las declaraciones de IRPF de los tres ejercicios citados. La sentencia corrige a la Audiencia de Madrid en este único punto y determina que deben aplicarse intereses de demora a esas cuotas tributarias no satisfechas desde el incumplimiento de la obligación de pago.

Y es que según los hechos probados de la sentencia confirmada, S.A.K.K. dirigía desde fecha no concretada, pero en cualquier caso anterior al año 2002, “un conjunto de medios personales y materiales dedicados a la explotación de la actividad de la prostitución ejercida por terceras personas, cuyos beneficios incorporaba a su patrimonio”.

Al respecto, el fallo indica que la actividad de prostitución proporcionaba al acusado en la mayoría de los casos el 50% de la cantidad que pagaban los clientes; en algunas ocasiones, de mucha menor importancia, por la especialidad de los servicios, el porcentaje que correspondía el acusado era del 33%. Los ingresos procedentes de esta actividad se producían en su mayor parte en efectivo y el resto por ingresos procedentes del uso de tarjetas bancarias.

Así, conforme a lo anterior, S.A.K.K. fue condenado a dos penas de 3 años de cárcel cada una por los delitos fiscales de los años 2007 y 2008, por el agravante de superar en ambos casos las cuotas defraudadas los 600.000 euros, y a una tercera pena de 1 año y medio de prisión por el delito correspondiente al año 2009, donde la cuota defraudada no superó esa cifra.

 

 

Vea el texto íntegro del comunicado.

 

 

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