Con multa de 80 UTM.
TRICEL se pronunciará sobre reclamación contra Servel por multa impuesta a candidatos a alcalde y concejal de la comuna de Renca.
El Servel sancionó a Luis Fernando Japaz Lucio y Víctor Barahona Ugarte, candidatos a alcalde y concejal respectivamente, con multa de 80 UTM a cada uno.

El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará sobre la reclamación interpuesta en contra de la Resolución “o” Nº 0991 del Servicio Electoral que sancionó a Luis Fernando Japaz Lucio y Víctor Barahona Ugarte, candidatos a alcalde y concejal respectivamente, por la comuna de Renca, con multa de 80 UTM a cada uno, por infracción al artículo 32 de la LOC Nº 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios.
Al respecto, cabe recordar que el Subdirector del Servel, de conformidad a las reglas de la sana crítica, llegó a la convicción de que los Sres. Japaz y Barahona, efectuaron propaganda electoral, antes del plazo legal, en un acto pública de la Municipalidad de Renca, con ocasión del día del niño, al pedir el voto para ellos en las Elecciones Municipales 2016, en el escenario dispuesto mediante un sistema de amplificación de audio, acto que fue realizado el día 07 de agosto de 2016, en Avda. Guzmán con Apóstol Santiago.
Por su parte, los reclamantes expresan que la multa impuesta por el Servicio Electoral a beneficio de la Municipalidad de Renca, y la valorización de la propaganda al doble de su precio para efectos de calcular el límite establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 19.884, sería contraria a derecho, motivo por el cual solicitan se deje sin efecto la resolución recurrida y los absuelva de las infracciones que se les imputan, por resultar estas inexistentes.
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