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CGR se pronuncia sobre requisitos que no habría cumplido funcionario para desempeñarse como asesor jurídico de Gobierno Regional.

Indica la CGR que consta que el año 2016 el aludido servidor firmó dos contratos a honorarios con el referido GORE.

24 de marzo de 2017

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República –por parte del diputado René García- que determine si un funcionario cumple con los requisitos para ser asesor jurídico del Gobierno Regional de La Araucanía (GORE) teniendo en cuenta que no posee el título profesional de abogado

El servicio en cuestión informó que el funcionario mantiene un contrato de prestación de servicios a honorarios, precisando que dicho servidor cumple con las exigencias legales para ello.

Al respecto, el ente de control recordó que en su dictamen Nº 68.189 de 2015, indicó que la “experticia” a la cual se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 18.834, la posee quien tenga especial conocimiento en una materia, dada la práctica, habilidad o experiencia en la misma, lo que se debe acreditar mediante documentos fidedignos que la autoridad deberá solicitar en su oportunidad a las personas que requiera contratar como tal, no implicando ello, necesariamente, tener un título profesional o técnico de nivel superior.

Asimismo, indica que su dictamen N° 51.560 de 2014, ha señalado que corresponde a los jefes superiores de cada entidad de la Administración del Estado la ponderación de los antecedentes que se presenten al efecto, como también determinar si aquellos demuestran razonablemente la práctica, habilidad o experiencia necesaria para la labor requerida y, por lo tanto, la calidad de expertos en la materia de que se trate.

De esa manera, la Contraloría hace presente que, de los antecedentes tenidos en vista, consta que el año 2016 el aludido servidor firmó dos contratos a honorarios con el referido GORE; el primero para prestar servicios por el periodo comprendido entre el 12 de abril y el 31 de diciembre de ese año; y el segundo -el que acordó después que se le dio término anticipado al primero a contar del día 3 de octubre-, para desempeñarse por el lapso que media entre el 9 de noviembre y 31 de diciembre de esa anualidad.

Enseguida, indica que en la cláusula quinta de los dos convenido que pactó el servidor aludido GORE, aparece que se le contrata en su calidad de experto en labores jurídicas, teniendo como antecedente para ello, un currículum vitae que detalla su experiencia como procurador y asesor jurídico en distintas entidades públicas y privadas.

De ese modo, el órgano contralor concluye indicando que en ese orden de consideraciones, el entonces jefe superior del GORE, ponderó los antecedentes ya señalados, y en base a ello, determinó que tenía la calidad de experto en labores jurídicas, evaluación que, como ya se indicó, se encuentra dentro de la esfera de sus atribuciones.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen 9.035 de 2017.

 

 

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