Golpe de Estado Judicial continuado.
Crisis en Venezuela: Acerca de la revisión de sentencias por el Tribunal Supremo.
Concluye al autor manifestando que todos estos acontecimientos terminan de darle la razón más plena a los informes de Luis Almagro, secretario general de la OEA.

En una nueva columna publicada recientemente, Allan R. Brewer-Carías, profesor de la Universidad Central de Venezuela, ha vuelto a tratar la crisis institucional por la que atraviesa actualmente Venezuela luego del anuncio de revisión de su sentencia que se atribuía funciones y restaba inmunidad a parlamentarios.
Así, y en torno al golpe de Estado continuado en Venezuela y su condena generalizada, expone el autor que el mismo día de publicada la primera sentencia, el 28 de marzo de 2017, que fue el mismo día en la cual los representantes de una empresa del Estado presentaban su recurso de interpretación que originó la segunda sentencia que se publicó el 29 de marzo, el Presidente de la República ya celebrara como una “sentencia histórica” el nuevo golpe de Estado que había comenzado a dar la Sala Constitucional, indicando en el Consejo de Ministros que, según se reseñó en la prensa, que “su equipo jurídico” se encontraba “evaluando el alcance de la sentencia que emitió este martes el Tribunal Supremo de Justicia en el que ordena al Ejecutivo ejercer las acciones pertinentes para “salvaguardar el orden constitucional.
Me están facultando con un poder habilitante especial para defender la institucionalidad, la paz, la unión nacional y rechazar amenazas de agresión o intervencionismos contra nuestro país. Esta es una sentencia histórica”.
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