Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Santiago confirma multa aplicada a Laboratorio por incumplir norma en el rotulado de endulzantes.

El Tribunal de alzada descartó infracción de ley en la sentencia que ratificó la sanción aplicada por la Secretaría Regional Metropolitana de Salud a Laboratorios Prater S.A.

Por Redacción·06 de abril de 2017·3 min de lectura
Corte de Santiago confirma multa aplicada a Laboratorio por incumplir norma en el rotulado de endulzantes.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Santiago confirmó la sentencia dictada por el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil que ratificó multa de 70 UTM que deberá pagar Laboratorios Prater S.A., por incumplimiento en el rotulado de endulzantes.

Cabe señalar que la resolución de primera instancia rechazó la reclamación presentada por el laboratorio que fue sancionado en 2015, tras un proceso de fiscalización de etiquetado de diversos tipos de endulzantes.

En ésta se sostiene que con fecha 14 de julio de 2014 Laboratorios Prater hizo una presentación en la cual expresó que, atendiendo a que sus rótulos pueden no establecer claramente la verdadera naturaleza de los alimentos en cuestión, se realizarán los cambios correspondientes para corregir el asunto. Además adjuntó ejemplos de los nuevos diseños tanto de etiqueta como de cartón de uno de los productos en cuestión…Con fecha 3 de diciembre de 2014 los funcionarios de la SEREMI de Salud Región Metropolitana, se constituyeron en visita de inspección en Elaboradora de endulzantes de propiedad de Laboratorios Prater S.A…Todos estos alimentos no señalaban la verdadera naturaleza del producto en el nombre del alimento y su rotulación en el envase y representaciones gráficas pueden a inducir a engaños, equívocos o falsedades…

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