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En fallo unánime.

Corte de Santiago rechazó recurso en contra de construcción de edificios en Nuñoa.

La decisión del Tribunal de alzada establece que el reclamo presentado no es preciso en cuanto a lo que reclama.

16 de mayo de 2017

En fallo unánime, la Corte de Santiago rechazó un reclamo de ilegalidad presentado en contra de la aprobación de un anteproyecto para la construcción de edificios en la calle Pedro Torres de la comuna de Ñuñoa, llamado "Anteproyecto Edificios Pedro Torres 1278 y 1288".
La sentencia del Tribunal de alzada establece que es menester que la actuación reclamada al momento de ser examinada produzca algún efecto, cuestión que en el caso de marras no se verifica, toda vez que el acto impugnado es la aprobación del tantas veces citado Ante Proyecto, rolante a fojas 1, que corresponde a la Resolución N°40/2016 de 25 de mayo de dos mil dieciséis cuya vigencia es de 180 días a contar de su fecha, vale decir, hasta el 25 de noviembre del mismo año, plazo que ha transcurrido con creces, motivo por sí solo suficiente para que la presente reclamación sea rechazada habida cuenta que no existe resolución contra la cual adoptar medida alguna.
La resolución de la Corte capitalina agrega que sin perjuicio de lo anterior, y a mayor abundamiento, estos sentenciadores comparten la observación plasmadas por el señor fiscal judicial en su informe, en orden a que la reclamación no cumple con el requisito de la letra d) del artículo 15 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
En efecto, continúa, de la sola lectura de la presentación se constata que el recurrente no precisa y desarrolla con exactitud las normas jurídicas infringidas y el modo en que ésta se habría producido, por lo que atendido a esta falta de requisito no queda sino concordar con el rechazo expresado en el considerando precedente.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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