Primera sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma del Código Civil que exige notificación legal de la demanda para interrumpir la prescripción.
La gestión pendiente incide en un recurso de reposición de la admisibilidad de un recurso de casación en el fondo ventilado ante la Corte Suprema.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 2503 Nº 1 del Código Civil.
El precepto impugnado establece: “1º Si la notificación de la demanda no ha sido hecho en forma legal”.
La gestión pendiente incide en un recurso de reposición de la admisibilidad de un recurso de casación en el fondo ventilado ante la Corte Suprema.
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