Falta de fundamentación.
Corte de Santiago acoge de oficio nulidad laboral y condena a Corporación Municipal por despido injustificado.
La denunciante adujo que la resolución impugnada incurrió en la causal de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió de oficio el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia del Juzgado de Letras de Colina, que no hizo lugar a la denuncia de vulneración de Derechos Fundamentales ni a la acción subsidiaria por despido injustificado –al acoger excepción de incompetencia- interpuestas por una trabajadora en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo de Til Til.
La denunciante adujo que la resolución impugnada incurrió en la causal de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, ya que a su juicio ha existido infracción de los artículos 183-B y 183-32 del código citado, y los artículos 1511 y 1526 del Código Civil.
En su sentencia, la Corte de Santiago indicó que el tenor del recurso presentado es confuso, porque dice asilarse en la causal de infracción de ley, pero no sindica debidamente el error de derecho que denuncia que pareciera tener relación con la competencia del tribunal, pero enseguida menciona como norma infringida una supuesta vulneración a la garantía del artículo 19 N° 16 del Código del Trabajo, acusando discriminación por parte del tribunal al negarse a resolver, lo que evidencia una defectuosa proposición de la causal que se esgrime, que supone precisar cuál o cuáles de entre las normas que sirven de sustento a la decisión aparece infringida en el fallo y la forma en que ello acontece, exigencia incumplida en este caso y que basta para desestimar la configuración de la causal invocada.
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