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Modifica DL 211.

Iniciativa otorga en favor de Asociaciones de Consumidores facultad de querellase por delitos contra la libre competencia.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Economía del Senado.

22 de junio de 2017

La moción del senador Navarro expone que la facultad privativa de presentar querella que tiene la Fiscalía Nacional Económica respecto de hechos que revistieren caracteres del ilícito anticompetitivo de colusión constituye una anomalía en el Derecho Público chileno que trae consigo como efectos una clara contradicción con las reglas constitucionales, restringe el derecho de las víctimas a presentar querella y un alto riesgo de impunidad. Destaca que con la actual legislación en esta materia, para que la Fiscalía pueda intervenir se exige que se presente una querella previa de un órgano administrativo, lo cual no tiene racionalidad jurídica, y deja la impresión que las personas que cometen delitos de colusión son tratadas de manera distinta.

El autor señala que los delitos de colusión resultan una afectación sustancial del orden público económico, y no se logra comprender el por qué el ejercicio de la acción penal corresponde sólo a la Fiscalía Nacional Económica. En este sentido, se debe recordar que la colusión entre competidores ha sido unánimemente reconocida como la conducta más dañina en contra de la libre competencia. Es por ello que al verse dañado seriamente el sistema económico por prácticas monopólicas y de colusión por los grandes grupos económicos a través de sus empresas, hechos que, por cierto, no han sido aislados sino por el contrario prácticas recurrentes, realizadas por empresas importantes del sector privado, como CMPC (“la Papelera”), controlada por el grupo Matte, que incurrió en la colusión del papel tissue y confort durante más de una década, desde el año 2000 al año 2011, y teniendo en cuenta que las Asociaciones de Consumidores son organizaciones constituidas con el objetivo de proteger, informar y educar a los consumidores y asumir la representación y defensa de los derechos de sus afiliados y de los consumidores que así lo soliciten, todo ello con independencia de cualquier otro interés, se justifica plenamente la posibilidad de facultarlas mediante la ley para presentar querella respecto de hechos que revistieren caracteres del ilícito anticompetitivo de colusión.

En razón de lo expuesto, esta moción modifica los artículos 39 bis y 64 del Decreto Ley N° 211, de 1973, que Fija Normas para la Defensa de la Libre Competencia, incorporando a las Asociaciones de Consumidores como titulares de la acción penal en delitos contra la libre competencia.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Economía del Senado.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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