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En fallo unánime.

Corte de Santiago confirma sentencia que negó información por tratarse de un requerimiento genérico respecto de licencias médicas.

La sentencia establece que no hay actuar arbitrario al negar una petición genérica y que requiere la distracción de personal de sus funciones habituales.

23 de junio de 2017

En fallo unánime la Séptima Sala de la Corte de Santiago ratificó la decisión que rechazó el requerimiento de información de una ciudadana respecto de licencias médicas tomadas desde el año 2012 por funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji), debido a que se trata de una petición de carácter genérico y que requiere la distracción de personal de sus funciones habituales.
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que en el escenario fáctico y jurídico antes descrito, resulta evidente que la decisión del Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia se encuadró en el marco legal, puesto que en consideración al motivo esgrimido para denegar la información por parte del recurrido de amparo, analizó el número de antecedentes que la petición comportaba y la real envergadura de los esfuerzos humanos que exigían su búsqueda, desagregación y sistematización, tras lo que, consecuentemente, concluyó que dichas labores conllevarían la ocupación de una gran cantidad de funcionarios que en razón de ellas dejarían de atender sus labores propias.
La resolución de la Corte capitalina agrega que la aludida decisión fue debidamente fundada en la resolución que se revisa, la cual tiene en cuenta para ello que el órgano recurrido señaló en detalle la cantidad de funcionarios necesarios para revisar y extraer la información consultada, en cada una de las oficinas regionales de la JUNJI, y el tiempo aproximado que cada uno de ellos debiera emplear en dicho fin, señalando que los antecedentes no se encuentran sistematizados en la forma en que fueron requeridos, sino que los datos de cada funcionario se encuentran en las distintas carpetas digitales, o bien, en las carpetas físicas, las que se encuentran ubicadas en las distintas bodegas y oficinas de cada una de las regiones, que no forma parte de las competencias del órgano llevar un registro sistematizado de los casos consultados y que, de acuerdo a una muestra tomada el año 2012, la que consideró el 60% de las licencias médicas presentadas en la JUNJI en el periodo 2009-2012, se registró un total de aproximadamente 42.000 licencias médicas presentadas por los funcionarios, entre dichos años, cantidad que, en este caso, debiera ser considerablemente mayor.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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