Noticias

En fallo dividido.

CS rechaza demanda por despido injustificado de funcionario civil del ejército en contra del Estado de Chile.

El máximo Tribunal descartó la existencia de relación regida por el Código del Trabajo entre el Fisco y el demandante, auxiliar de servicios del centro médico del Ejército de Chillán.

29 de junio de 2017

La Corte Suprema acogió recurso de unificación de jurisprudencia y rechazó demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones presentada por funcionario civil del Ejército, Carlos Román Correa, en contra del Estado de Chile.
La sentencia sostiene que esta Corte coincide con la doctrina expuesta en la sentencia de contraste acompañada por el recurrente, correspondiente a los autos Rol 87-2015 de la Corte de La Serena, en el sentido de que el vínculo que se genera con la incorporación a algún cargo de la administración pública u órgano del Estado, por vía de la "contrata" regida por un estatuto especial, no genera vínculo laboral regido por el Código del Trabajo, de manera que los derechos que contempla no son susceptibles de ser reclamados por los funcionarios públicos.
Enseguida la resolución establece que la imputación de no justificación de un despido y las indemnizaciones laborales que el código laboral hace consecuente a tal declaración, no pueden ser reclamadas por quienes están bajo régimen estatutario especial, como sucede en la especie, desde que el cuerpo legal específico que regula su vínculo establece sus propios derechos, acciones y obligaciones, de modo que el Código del Trabajo sólo les será aplicable en el caso contemplado en el inciso tercero de su artículo primero, cuyo no es el caso.
Luego el fallo agrega que el artículo 477 inciso primero del Código del Trabajo contempla la posibilidad de anular una sentencia definitiva cuando se hubiere dictado con infracción de ley que ha influido substancialmente en lo dispositivo. Es lo que persigue el Consejo de Defensa del Estado, actuando por el Fisco de Chile–Ejército de Chile, que considera que el Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán ha infringido los artículos 1, 2 b), 3 b) y 254 b) del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 del Ministerio de Defensa Nacional, de 1997 -Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas (DFL 1)- al dictar su sentencia de siete de junio de dos mil dieciséis, en la que acogió la acción deducida en su contra por Carlos René Román Correa".
Además, la sentencia del máximo Tribunal arguye que al decidir como lo ha hecho el juez de instancia ha transgredido lo que, a juicio de estos dictaminantes, es el correcto entendimiento de esos artículos 1, 2 b), 3 b) y 254 b) del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, conforme se dejó desarrollado en lo reproducido, lo que configura la hipótesis de la segunda parte de la primera oración del inciso homónimo del artículo 477 del Código del Trabajo, lo que conduce a invalidar la resolución atacada. Subsumible de esa manera la situación del actor, en lo que hace a las circunstancias que envolvieron el cese de la prestación de sus servicios "a contrata", en el régimen especial del DFL 1, descartada queda su sujeción al esquema del derecho laboral ordinario que se contiene en el Código del Trabajo y preceptiva afín, por lo que no le asiste derecho a las prestaciones de diversa naturaleza que demanda.
Decisión adoptada con el voto en contra del Ministro Cerda.

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

RELACIONADOS
*Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago acoge demanda por despido injustificado de ejecutiva de multinacional de vestuario…
*Juzgado de Letras de Vicuña acoge demanda de despido injustificado presentada por ex concejal en contra de Municipalidad…
*Corte de Santiago acoge de oficio nulidad laboral y condena a Corporación Municipal por despido injustificado…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *