Diario Constitucional

También se sancionó despido injustificado.

Juzgado del Trabajo de Santiago acogió tutela laboral por vulneración de garantía de indemnidad con ocasión del despido.

Se vulneró la garantía de la indemnidad establecida en el artículo 485 del Código del Trabajo.

Por Redacción·05 de julio de 2017·5 min de lectura
Juzgado del Trabajo de Santiago acogió tutela laboral por vulneración de garantía de indemnidad con ocasión del despido.
Referencial

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la acción de tutela laboral por vulneración de la garantía de indemnidad con ocasión del despido y por nulidad del despido y cobro de prestaciones y cotizaciones previsionales, deducida por un trabajador en contra de una empresa.

En su libelo, el actor expuso que, desde el primer momento, arbitraria e ilegalmente la demandada lo sometió en apariencia a un régimen de pagos ajeno a la realidad, puesto que aun cuando en los hechos percibía una remuneración mayor, en sus liquidaciones de remuneración y pagos previsionales se reflejaba una situación de pagos inferior a la realidad. Agrega que con este ardid se le pagaba e imponía por una suma claramente menor que la pactada. Indica también que, pese a que trabajaba por sobre las 45 horas semanales, jamás se pagaron sus horas extraordinarias, pese a haber laborado en exceso por sobre su jornada de trabajo, a razón de dos horas extras diarias.

Señaló enseguida que aproximadamente a comienzos de agosto de 2016, comenzó a sentir diferentes dolores en sus hombros, lo cual le llevó a recibir tratamiento médico en la ACHS, donde ya que tenía los tendones desgarrados se le informó que se evaluaría una posible operación, junto con calificar el origen de sus dolencias. De acuerdo a lo señalado por la ACHS, se le otorgó una citación para el día 07 de septiembre de 2016 en el centro asistencial Maipú de la ACHS, para que se determinara por la ACHS si su padecimiento tenía o no origen laboral. Al concurrir a ser atendido, se le informó que había renunciado a su derecho mediante una carta fechada al 30 de agosto de 2016. Al ver la carta, vio que su firma había sido falsificada, teniendo serias sospechas que su jefa tenía que ver con esto. De conformidad a lo anterior, con fecha 23 de septiembre de 2016 estampó una denuncia.

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