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Primera sala.

Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que permite a funcionarios municipales acceder libremente a obras de edificación y urbanización para su inspección.

La gestión pendiente incide en autos sobre denuncia de obra sin permiso de edificación, de que conoce el Juzgado de Policía Local de Curacaví.

24 de agosto de 2017

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso segundo del artículo 142 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

El precepto impugnado establece: “Los funcionarios municipales tendrán libre acceso a todas las obras de edificación y urbanización que se ejecuten en la comuna, para ejercer las inspecciones que sean necesarias”.

La gestión pendiente incide en autos sobre denuncia de obra sin permiso de edificación, de que conoce el Juzgado de Policía Local de Curacaví.

Los requirentes estiman que el precepto impugnado vulnera el derecho de propiedad, toda vez que funcionarios municipales ingresaron a su propiedad sin que fuera consentido por ninguno de los copropietarios del recinto, lo que es aún más grave considerando que se limita el derecho en virtud de un decreto ley emanado de una autoridad administrativa, y no de una ley como dispone la Constitución.

La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del requerimiento.

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 3791-17.

 

 

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