En fallo unánime.
Corte de Santiago acoge amparo y ordena al Registro Civil entregar pasaporte a chilena residente en Venezuela.
El Tribunal de alzada acogió la acción judicial, tras establecer el actuar arbitrario de los recurridos al negar la entrega del documento de identidad a la ciudadana chilena, solicitado en el consulado de Chile en Caracas.

En fallo unánime, la Corte de Santiago acogió el recurso de amparo presentado por Virginia Isolina Valenzuela Gutiérrez, en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio de Registro Civil e Identificación, ordenando entregar el pasaporte solicitado a la amparada.
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que contrastados los antecedentes del recurso con las solicitudes de la recurrente, es posible constatar, del extracto de filiación y antecedentes de la amparada, acompañada tanto por la recurrente como por el Servicio de Registro Civil al evacuar su informe, que la actora no tiene anotaciones prontuariales vigentes, de lo que se sigue que no existe impedimento alguno para la expedición de pasaporte por parte del Consulado respectivo, como tampoco impedimento alguno para ingresar al país.
La resolución agrega que el razonamiento vertido por el Servicio de Registro Civil, tanto al comunicar la denegatoria a la amparada como en el informe acompañado en autos, resulta insuficiente para justificar la negativa a la concesión del mencionado documento, desde que se limita a señalar que el pasaporte habría sido "rechazado por la PDI", sin señalar el detalle de dicho rechazo, la norma legal en que se funda ni los antecedentes que se han tenido en vista para ello, lo que naturalmente deviene en la arbitrariedad de la decisión, desde que carece de fundamento fáctico.
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