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Reforma constitucional.

Moción busca someter reglamentos del Fiscal Nacional del Ministerio Público al control de constitucionalidad del Tribunal Constitucional.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

4 de septiembre de 2017

La moción de los diputados Becker, Berger, García, Monckeberg, Nuñez, Paulsen, Rathgeb, Sabat, Santana y Verdugo expone que el artículo 91 de la Carta Fundamental establece que el Fiscal Nacional tiene la superintendencia directiva, correccional y económica del Ministerio Público, lo que es reforzado por el literal d) del artículo 17 de la ley 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, según el cual tiene la facultad de dictar reglamentos a través de los cuales puede determinar la forma de funcionamiento de las fiscalías y demás unidades del Ministerio Público y el ejercicio de la potestad disciplinaria.

La moción agrega que si bien la facultad de dictar reglamentos busca asegurar la autonomía de estos órganos, y la posibilidad de sus altas autoridades de regular su funcionamiento, el límite de la reserva legal y constitucional es algo esencial, particularmente a propósito de la protección de los derechos fundamentales.

En razón de lo expuesto, el proyecto modifica el artículo 93 de la Constitución Política de la República, agregando a su inciso primero un nuevo numeral 17 en que se dispone que el Tribunal Constitucional resolverá las cuestiones de constitucionalidad de los reglamentos que dicte el Fiscal Nacional; además incorpora un nuevo inciso final en que se estipula que el conocimiento de dichas cuestiones de constitucionalidad podrá ser requerido por el Presidente, por cualquiera de las Cámaras o diez de sus miembros, y por cualquier imputado cuando en el marco de la investigación sea afectado el ejercicio de sus derechos fundamentales por el respectivo reglamento.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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