Primera sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas que permitirían aplicar procedimiento de tutela laboral a funcionarios públicos.
La gestión pendiente incide en autos laborales, sustanciados ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucionales, los artículos 1°, inciso tercero, y 485, ambos del Código del Trabajo.
La primera disposición impugnada señala: “Con todo, los trabajadores de las entidades señaladas en el inciso precedente se sujetarán a las normas de este Código en los aspectos o materias no regulados en sus respectivos estatutos, siempre que ellas no fueren contrarias a estos últimos”.
Por su parte, el segundo precepto se refiere al ámbito de aplicación del procedimiento de tutela laboral, así como también a los actos discriminatorios señalados en el artículo 2° del mismo código, señalando también qué se entiende por vulneración de los derechos y garantías, además de la incompatibilidad del procedimiento de tutela laboral con el recurso de protección cuando se refiera a los mismos hechos.
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Primera sala.
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Segunda sala.
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