Derechos Humanos.
CIDH destaca aprobación de la ley de despenalización del aborto en tres causales en Chile.
La Comisión reconoce esta decisión como un paso fundamental para el respeto y garantía de los derechos humanos de las mujeres, niñas y adolescentes en Chile.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) destaca la decisión del Tribunal Constitucional de Chile de rechazar los requerimientos de inconstitucionalidad presentados, permitiendo así la aprobación del proyecto de ley que permitirá a las mujeres acceder a servicios de aborto legales y seguros en tres circunstancias: cuando el embarazo sea el resultado de una violación sexual, cuando la vida de la mujer corra peligro, o cuando el feto sufra de malformaciones incompatibles con la vida extrauterina.
Margarette May Macaulay, Primera Vice-Presidenta de la CIDH y Relatora de los Derechos de las Mujeres, sostuvo que “la aprobación de esta ley reconoce la realidad que viven las mujeres en el país y garantiza la posibilidad de interrumpir voluntariamente el embarazo, de manera legal, disponible y segura con el fin de salvaguardar la vida y la integridad personal de las mujeres, niñas y adolescentes. Además, esta decisión contribuye al proceso de desarrollo de políticas públicas en salud para las mujeres chilenas en observancia con los compromisos internacionales del país, y culmina un largo debate democrático por los derechos de las mujeres”.
Cabe recordar, de acuerdo a la CIDH, que aunque el Código de Salud de Chile de 1931 disponía de la legalidad de la interrupción del embarazo por motivos terapéuticos, en 1989 el Gobierno Militar derogó el artículo 119 del Código Sanitario, prohibiendo todo tipo de aborto. La interrupción voluntaria del embarazo estaba penalizada en todos los casos con penas de hasta 5 años de cárcel, incluso cuando el embarazo ponía en peligro la vida de la mujer.
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