Diario Constitucional

En fallo unánime.

CS ordena a Clínica indemnizar por no detectar enfermedad metabólica a recién nacido.

La sentencia del máximo Tribunal confirma la responsabilidad de la Clínica Presbisteriana Madre e Hijo, por no diagnosticar que el recién nacido era portador de fenilquetonuria.

Por Redacción·26 de septiembre de 2017·3 min de lectura
CS ordena a Clínica indemnizar por no detectar enfermedad metabólica a recién nacido.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema condenó a la Clínica Presbisteriana Madre e Hijo a pagar una indemnización a grupo familiar de recién nacido, a quien no se le detectó alteración metabólica, la que fue diagnosticada dos años y ocho meses después del nacimiento.

Así, acogió el recurso presentado en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que acogió la demanda presentada por la familia del menor, sólo en lo relativo al cálculo del daño emergente provocado.

Cabe señalar que la fenilquetonuria es el desorden metabólico que se detecta a través de un examen o screening que se debe practicar a todo recién nacido en el país.

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