Para uso personal.
CGR determina que Instituto de Salud Pública se encuentra habilitado para implementar sistema de importación de medicamentos sin registro previo.
La normativa legal vigente, contempla la posibilidad de autorizar provisoriamente la venta y uso de medicamentos sin registro.

Se reclamó ante la Contraloría General de la República –por parte de la sociedad Gador Limitada- en contra del Instituto de Salud Pública de Chile (ISP), por haber implementado un sistema de autorización de internación al país, para uso personal, de productos farmacéuticos no inscritos en el registro sanitario que mantiene esa institución, lo que, a su juicio, propiciaría una actividad comercial vinculada con esos medicamentos, por parte de determinadas empresas farmacéuticas.
En opinión del recurrente esa situación no se ajustaría a las nuevas reglas introducidas al Código Sanitario por la ley N° 20.724, referentes, por una parte, a los requisitos para autorizar la distribución, venta y expendio de medicamentos sin previo registro sanitario y, por la otra, a quienes pueden importarlos.
Añade luego que los laboratorios legalmente establecidos, con autorización de funcionamiento y cuyos medicamentos poseen registro sanitario vigente, se encuentran, respecto de algunos de sus productos, sometidos a una competencia ilegal, ya que éstos podrían importarse a un costo significativamente menor.
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