Tutela laboral acogida.
Juzgado de Letras de San Carlos acogió la demanda de tutela de derechos fundamentales interpuesta por la trabajadora en contra de la Municipalidad de San Fabián.
Vulnera la garantía de igualdad ante la ley y la libertad de trabajo y su protección, el despido motivado por diferencias políticas en razón de la cercanía y amistad con la alcaldesa anterior, más aún si la demandada no acreditó los incumplimientos que le imputa a la actora.

El Juzgado de Letras de San Carlos acogió la demanda de tutela de derechos fundamentales interpuesta por la trabajadora en contra de la Municipalidad de San Fabián, por vulneración al derecho a la libertad de trabajo y su protección y no discriminación arbitraria.
Señala el fallo, que de conformidad a lo dispuesto en artículo 493 del Código del Trabajo, cuando de los antecedentes aportados por la parte denunciante resulten indicios suficientes de que se ha producido la vulneración de derechos fundamentales, corresponde al denunciado explicar los fundamentos de las medidas adoptadas y su proporcionalidad.
Agrega la sentencia, que el municipio no acreditó las ausencias injustificadas y reiteradas que le imputa a la actora, un incumplimiento cierto de las obligaciones que le impone la ejecución del programa al que se encontraba adscrita, como tampoco acreditó la existencia de dos evaluaciones de desempeño negativo. Además habiéndose observado que el memorándum que propone la renovación condicional o no renovación es muy posterior al decreto que pone término a las funciones de la trabajadora, se aprecia que la decisión que a su respecto se adoptó carece de fundamento y proporcionalidad.
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