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Imputado como autor de cuasidelito de homicidio.

Juzgado de Licantén deja con arraigo nacional a jefe de brigada de CONAF imputado por cuasidelito de homicidio.

El ilícito lo habría cometido al actuar con imprudencia al dirigir el combate de incendios forestales, en el sector Las Cardillas de Vichuquén, en enero pasado, que le costó la vida a cuatro brigadistas y dejó con lesión a otros dos.

11 de noviembre de 2017

El Juzgado de Letras y Garantía de Licantén dejó sujeto a la medida cautelar de arraigo nacional a Emelino Valdivia Cáceres, jefe del grupo brigada de Conaf, imputado por el Ministerio Público como autor de cuasidelito de homicidio, ilícito que habría cometido al actuar con imprudencia al dirigir el combate de incendios forestales, en el sector Las Cardillas de Vichuquén, en enero pasado, que le costó la vida a cuatro brigadistas y dejó con lesión a otros dos.
La resolución sostiene que en la audiencia de formalización de la investigación, el Magistrado dejó sujetos a la medida cautelar de arraigo nacional a Valdivia Cáceres, jefe del grupo Maqui 10 de Conaf, tras considerar que existen antecedentes fundados de la ocurrencia del cuasidelito y de la participación culpable del imputado en los hechos.
Luego, establece que  resulta suficiente para entender que constituyen un antecedente fundado que justifica la existencia en este caso del cuasidelito, por tanto si existe algún deber de resguardo por parte de quien dirige las acciones en este tipo de eventos dice relación principalmente por las órdenes que emite.
De acuerdo al Magistrado, los antecedentes vertidos en la audiencia permiten presumir fundadamente que a Valdivia Cáceres le ha podido caber participación en calidad de autor, se tendrá en consideración las declaraciones de los dos testigos, Cristián Poblete Rodríguez y Ariel Pacheco Valdés en cuanto ellos si bien no señalan directamente que es Emelino Valdivia quien les da la orden directamente, ambos dicen que las da Ricardo Salas, pero a partir de las indicaciones recibidas de parte del imputado.
Enseguida añade que Valdivia Cáceres no empleó el cuidado y diligencia que le correspondía en la dirección de la estrategia de combate del fuego. Que pese a contar con más de 27 años de experiencia, y conociendo las difíciles condiciones geográficas y climáticas del lugar de trabajo, actuó de forma imprudente, negligente y en contravención a las medidas de precaución pertinentes al caso concreto, incumplió sus deberes de vigilancia permanente sobre las condiciones de seguridad en las tareas de combate realizadas por el personal a su cargo.

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