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Ley 18.700.

Con más de mil denuncias termina periodo de propaganda de Elecciones 2017.

Desde la medianoche quedaron prohibidas las manifestaciones o reuniones públicas de carácter electoral, hasta cuatro horas después de haberse cerrado la votación. Además, concluye la franja televisiva.

17 de noviembre de 2017

Con más de mil denuncias finalizó el periodo de propaganda de las Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros Regionales 2017. Éste se inició el pasado 20 de septiembre con la publicidad en medios y radioemisoras que enviaron sus tarifas al Servicio Electoral (Servel) y con brigadistas en la vía pública, y continuó, desde el 20 de octubre, con la propaganda en los espacios públicos y privados autorizados y la franja electoral en los canales de televisión abierta.
“A partir de las 00:00 horas, ya no puede realizarse más propaganda electoral a través de ningún medio y en ningún lugar del país”, señaló el director del Servel, Raúl García Aspillaga, y aclaró, que toda la propaganda debe ser retirada de acuerdo a lo que estipula la Ley 18.700.
Respecto a las consecuencias, dijo que éstas son de dos tipos: “La primera, dice relación con el retiro de esa propaganda, que deberán realizar los municipios correspondientes o también Carabineros. Adicionalmente, se pueden ver expuestos los candidatos y partidos políticos, a las multas que corresponda por la infracción a la normativa”.
En este contexto, explicó que, dependiendo del tipo de infracción, los rangos de las multas oscilan entre los 10 y 100 UTM en unos casos, y en otros entre las 20 y 200 UTM. “Son multas importantes, y por lo mismo hacemos un especial llamado a los candidatos y partidos políticos para que recuerden que deben retirar toda propaganda”.
En la oportunidad, el Director se refirió a las denuncias que ha recibido el Servicio por infracciones a la normativa electoral, las que a la fecha suman 1.069. Según dijo, éstas se encuentran en etapa de investigación y, prontamente, se va a informar a los candidatos y partidos los resultados, y posibles sanciones de verificarse alguna infracción.
Asimismo, explicó que las causas más relevantes se refieren a propaganda fuera de los espacios autorizados para ello y fuera del plazo legal.

Qué no se puede hacer
Se prohíbe la celebración de manifestaciones o reuniones públicas de carácter electoral en el periodo comprendido entre las 00:00 horas de este viernes 17 y cuatro horas después de haberse cerrado la votación en las mesas receptoras de sufragios, el domingo 19 de noviembre, según lo establecido en el artículo 127 de la Ley 18.700. En este sentido, cualquier local público o privado en el cual se realicen actividades de propaganda o se desarrollen reuniones de carácter electoral durante dicho periodo, será clausurado por la fuerza encargada del orden público.
Del mismo modo, la divulgación de resultados de encuestas de opinión pública referidas a preferencias electorales también se encuentra prohibida desde el 4 de noviembre, de acuerdo al artículo 37 de la citada ley.
Las denuncias por infracción a las normas que regulan la propaganda electoral podrán ser presentadas por escrito ante la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral o la dirección regional competente del Servel. También se pueden presentar de forma digital en el Portal de Denuncias Ciudadanas http://denuncias.servel.cl

 

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