Diario Constitucional

No se encuentra razonablemente fundado.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que permitiría embargar a Corporación Municipal fondos correspondientes a Subvención Escolar.

La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento ejecutivo laboral, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas.

Por Redacción·21 de noviembre de 2017·1 min de lectura
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que permitiría embargar a Corporación Municipal fondos correspondientes a Subvención Escolar.
Referencial

El TC declaró derechamente inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 2°, en la parte que indica, de la ley 17.322.

El precepto impugnado establece: “Los juicios a que ellas den origen se sustanciarán de acuerdo al procedimiento fijado en las normas especiales de esta ley, y en el Título I del Libro III del Código de Procedimiento Civil, en cuanto fueren compatibles con ellas”.

La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento ejecutivo laboral, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas, en que a la corporación municipal requirente le fueron embargadas cuentas corrientes en las que habría montos correspondientes a la subvención escolar regular que otorga el Ministerio de Educación.

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