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Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y Hacienda.

Comienza análisis de norma que perfecciona beneficios para bomberos por accidentes y enfermedades.

Ello luego de que la Cámara de Diputados despachara el mensaje que, además, regulariza las rendiciones de cuenta de los Cuerpos de Bomberos y Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos que se encuentran pendientes.

27 de noviembre de 2017

La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y la de Hacienda de la Sala del Senado, analizarán el proyecto de ley que perfecciona los beneficios otorgados a bomberos por accidentes y enfermedades y la demás legislación aplicable a dichas instituciones.
Cabe recordar, de acuerdo a los legisladores, que el mensaje, que ya fue aprobado por la Cámara de Diputados, se basa en el anteproyecto trabajado entre los años 2015 y 2016, por la Comisión de Bomberos que manifestó que las "mejoras introducidas a través de Ley 19.798 se veían disminuidas o dificultadas en su aplicación, producto de las burocráticas prácticas de la Superintendencia de Valores y Seguros, quien, en vez de facilitar la aplicación de la norma, la dificultaba, y ponía cortapisas para su efectivo cumplimiento, exigiendo más documentación que la dispuesta por la ley o restringiendo el ámbito de aplicación de ésta".
Asimismo, afirmaron que "un tema importante en el estudio de la Comisión de Bomberos fue la necesidad de regularizar las rendiciones de cuenta de los Cuerpos de Bomberos y de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos, que figuran pendientes en la contabilidad de la Superintendencia de Valores y Seguros al año 2012, fecha de entrada en vigencia de la ley N° 20.564 que estableció que será la Subsecretaría de Interior la que ejercerá dichas labores".
Es decir, la idea central del proyecto es perfeccionar los beneficios otorgados a Bomberos por la ocurrencia de accidentes y enfermedades a causa de actos de servicio y regularizar las rendiciones de cuenta de los Cuerpos de Bomberos y Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos que figurar pendientes en la contabilidad de la Superintendencia de Valores y Seguros al año 2012, fecha de entrada en vigencia de la ley N° 20.564.
A continuación, los parlamentarios profundizan en el concepto “acto de servicio”, que se entenderá como toda actividad desempeñada por los miembros de los Cuerpos de Bomberos en situaciones de emergencia, tales como incendios, rescates, salvamentos de personas y animales, en medios acuáticos, montaña, acantilados, mineros, subterráneos, túneles, pozos, inundaciones, aluviones, temporales, derrames, contención y recuperación de materias peligrosas, fugas de gas o similares.
También, indican, se considerará acto de servicio la participación en actividades de capacitación y entrenamiento bomberil en Chile o en el extranjero, acuartelamientos, guardias nocturnas y prestación de servicios a la comunidad consistentes, entre otros, en distribución de agua, cambios de drizas de banderas y lavado de calzadas.
Luego, detallan que se entenderá como labores que tengan relación directa con la institución bomberil aquellas consistentes en la participación de los miembros de los Cuerpos de Bomberos en exposiciones de materiales y equipos, en formaciones para funerales y desfiles, en actos de representación institucional y en actividades para recaudación de fondos institucionales, entre otras.
Por otra parte, se establece que entre los beneficiarios, de mediar muerte o invalidez, estarán "el cónyuge sobreviviente o la persona con quien el causante haya mantenido un acuerdo de unión civil, vigente al momento del fallecimiento”.
Se agrega, además, "que es necesario dar certeza jurídica a las instituciones bomberiles, cuya labor voluntaria, gratuita y abnegada resulta indispensable para atender las emergencias y, por lo tanto, imprescindible regularizar estas situaciones pendientes, de manera tal que dichas instituciones puedan destinar sus recursos a la atención de emergencias, y no a aclarar situaciones de larga data, más aun considerando la dificultad en obtener los antecedentes originales de las respectivas rendiciones y la rotación que existe en las autoridades de los cuerpos de bomberos".

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis

 

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