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Al ir a buscar los demandados a su hija a la escuela.

Caso español: Juzgado dicta orden de alejamiento para dos progenitores que amenazaron a docentes.

La Asesoría Jurídica del Sindicato de Trabajadores de Enseñanza de Canarias STEC-IC, ha ganado una sentencia favorable a docentes canarios en la defensa de sus derechos laborales.

29 de noviembre de 2017

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de la localidad canaria de Santa María de Guía impuso una orden de alejamiento y una multa simbólica de 180 euros a dos padres por pronunciar amenazas graves contra dos profesores. 
El Juzgado decretó que se trata de un delito leve de amenazas, recogido en el artículo 171.7 del Código Penal, los insultos como “zorra, puta, te voy a matar” y “te voy a romper la boca, estoy harta de ti, mi hija no va a ir más a tu clase”, proferidos por los progenitores de una de las alumnas del centro.
Cabe recordar que el incidente ocurrió en mayo de 2017, al ir a buscar los demandados a su hija a la escuela. Éstos comenzaron con las amenazas anteriormente citadas contra una de las profesoras, y al intentar el otro docente que abandonaran el centro, añadieron un “como no te quites de en medio te voy a partir la boca”.
El STEC- IC asumió asesorar jurídicamente y representar a los dos docentes afectados, los cuáles solicitaron en un primer momento la ayuda de la Consejería de Educación, que ignoró dicha petición.
En lo que se refiere al delito de amenazas el Juzgado estableció el “vergonzoso comportamiento de los denunciados”, añadiendo que demandar una buena educación para su hija con la actitud de proferir insultos en un centro de enseñanza donde los alumnos podrían haberlos escuchado, no es el mejor ejemplo.
También calificó los comentarios explicados en la sentencia como delito de amenaza, ya que se hicieron con el objetivo de atemorizar y amedrentar a los docentes.
Asimismo, admitió los testimonios de los testigos y ha impuesto una multa de 90 euros a cada uno de los progenitores, así como la obligación de no acercarse a menos de 300 metros de las víctimas, sus domicilios, lugar de trabajo o cualquier otro lugar frecuentado por los denunciantes, por un plazo de seis meses.
Y ha impuesto los gastos derivados de todo el proceso judicial sobre los padres como los responsables criminales del caso, ya que así se establece en el artículo 132 del Código Penal.
Desde el STEC-IC, señalan que “aún siendo conscientes que estamos ante circunstancias que se producen de forma puntual, consideramos que por su gravedad no cabe contemporizar ante este tipo de situaciones y es necesario actuar con la mayor diligencia y contundencia”.
Aunque reclaman  a la Consejería de Educación que cumpla con sus obligaciones y preste el asesoramiento jurídico necesario a los docentes canarios, ante la manifiesta desidia de la Administración, los servicios jurídicos del STEC-IC se encuentran a disposición de todo el profesorado que lo requiera.

 

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