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Escriben: “Breves nociones acerca de la Constitución Nacional de Japón y la legislación urbanística”.

En un artículo publicado recientemente, Lionel Cimolai Ríos, académico argentino, analiza la regulación urbanística en Japón.

4 de diciembre de 2017

En un artículo publicado recientemente, Lionel Cimolai Ríos, académico argentino, analiza la regulación urbanística en Japón.

En primer lugar, el autor analiza la Constitución japonesa, la cual dispone en su Artículo 25: “Todos los ciudadanos tendrán el derecho de mantener un nivel mínimo de vida saludable y cultural. En todos los órdenes de la vida humana, el Estado conducirá sus esfuerzos a la promoción y acrecentamiento del bienestar y la seguridad social y la salud pública”. Este artículo tutela expresamente a la persona en su bienestar y la seguridad social, lo que es similar al artículo 14 bis de la Constitución Nacional Argentina, debido a que ambos poseen una función tuitiva de las necesidades más primordiales de la persona humana por su simple calidad de tal. A su vez, el Artículo 29 señala: “El derecho de poseer o retener propiedades es inviolable. Los derechos de propiedad serán definidos por la ley en conformidad con el bienestar público. La propiedad privada puede expropiarse con fines de utilidad pública, previa justa compensación”. En este caso, el artículo pone énfasis en un derecho de primera generación (de carácter liberal) por excelencia: la propiedad privada. Y aunque el derecho a la vivienda digna encuadra de manera más acertada en los derechos de segunda generación (de carácter social), ha de observarse que la segunda oración del artículo formula una suerte de vínculo entre el derecho de la propiedad y el bienestar público, librando su reglamentación específica a la ley. Esto da la pauta de la postura protectora de la persona que adopta la Constitución Nacional de Japón al garantizar libertades y derechos en armoniosa simultaneidad.

A continuación, el artículo revisa el sistema de planificación del uso de la tierra urbana en Japón. Este sistema está establecido para lograr un ambiente urbano agradable y crear paisajes urbanos con características significativas. El sistema proporciona un conjunto de reglas, tipos de uso de la tierra, incluyendo el uso residencial, comercial, comercial e industrial. Al respecto, puede observarse diversas medidas para la planificación urbana, que cada gobierno local aplica a las respectivas áreas, en función de las circunstancias de cada una. Así, bajo el sistema de División de Área, un área de planificación urbana se clasifica en Área de Promoción de Urbanización y Área de Control de Urbanización para la inversión pública para el desarrollo infraestructura urbana, tales como caminos, parques y alcantarillado, puede ser para crear un área urbana de alta calidad. A su vez, la Regulación de Zona y Construcción controla el volumen de los edificios, así como su altura, y el uso que de ellos se hace bajo las previsiones de la Ley de Estándares de Construcción. Estos reglamentos están diseñados para evitar una mezcla de edificios utilizados para diferentes propósitos en una zona, y para garantizar el entorno adecuado para el tipo específico de uso de la tierra. Además, cabe mencionar los Sistemas de Incentivos para Proyectos Excelentes, los que han sido pensados con el objeto de erradicar el hacinamiento urbano y promover un uso adecuado de la tierra; por lo cual se favorecen los “proyectos excelentes”, que tienen como objetivo el desarrollo de infraestructuras públicas, viviendas y espacios abiertos. El hecho de que la administración pública y la ley le den el visto bueno a este tipo de emprendimientos, favorece notablemente la participación ciudadana, ya que impulsa a adaptar la creatividad de las ideas a las necesidades de la población. Luego se encuentra el Plan de Distrito, el que es establecido por los municipios de acuerdo con las circunstancias locales. Este Plan muestra no sólo la visión futura del mismo, sino que también provee las regulaciones (Plan de Mejora del Distrito) de uso y construcción, y también muestra características individuales que reflejan las opiniones de la comunidad local.

Más adelante, se revisan las leyes relacionadas con las transacciones de bienes raíces en Japón. Se indica que el Código Civil de Japón hace que sea un principio tratar a las partes en una relación contractual de una manera justa y equitativa. Por otro lado, al comprar, vender o arrendar terrenos, edificios y otras propiedades reales, surgen diferencias en la capacidad de negociación y volumen de información, entre vendedores y consumidores. Para evitar que tales diferencias causen problemas, existen muchas leyes y regulaciones que rigen una variedad de escenas en transacciones de bienes raíces. El artículo clasifica estas regulaciones en: leyes relativas al uso del suelo; leyes relativas a la construcción de edificios; leyes que regulan las sociedades inmobiliarias; leyes y reglamentos relativos a la publicidad; leyes relativas a los contratos, incluidos los contratos de venta y los contratos de arrendamiento; leyes relativas a títulos y derechos; leyes relativas al registro de bienes inmuebles; leyes relativas a la gestión de condominios; y leyes relativas a defectos de las propiedades de la vivienda.

Finalmente, se estudian los aportes desde el diseño y la arquitectura a las viviendas sociales. Al respecto, se señala que desde el realojo de Onagawa a causa del tsunami que afectó gravemente al país en el año 2011, y que trajo como daño colateral la catástrofe nuclear de Fukushima, miles de personas rehicieron sus vidas en viviendas provisorias muy particulares. Se trata de containers de mercancías, los cuales han resultado ser una opción versátil para reconstruir ciudades tras catástrofes a gran escala como alternativa a las viviendas improvisadas en espacios públicos, y con la finalidad primordial de evitar que la gente que ha perdido su hogar caiga en el flagelo de la indigencia. Aunque, por otro lado, y por razones totalmente distintas a las originadas en fenómenos trágicos como los mencionados, se puede plantear este tipo de estructura como solución para la primera vivienda, con un precio que, en algunos casos, no excede los 800 euros por metro cuadrado construido. Así, estos espacios, pensados en principio para transportar y almacenar mercancías, están cambiando su destino portuario por uno en el que prestarán una solución habitacional, por su tamaño, versatilidad a la hora de ser manipulados y adaptados, además de tener un costo significativamente menos que otros materiales destinados a la vivienda. También se destaca el caso de “Ésta no es una casa”, del estudio internacional E Architecture and Human Rights, en cuyos planes estaba montar una estructura de 50 m2 de contenedores en el centro de Copenhague, Dinamarca. Así, decidieron coger el artículo de la Declaración de los Derechos Humanos que habla de vivienda digna y convertirlo en solución temporal para los “sin techo”.

El autor concluye indicado que se puede apreciar una postura vanguardista, que permite prever soluciones en el corto, mediano y largo plazo; tanto desde el ámbito público, como desde el privado. Ello se aprecia comenzando por la Constitución Nacional de Japón, que consagra derechos de marcado carácter social, así como la protección de la propiedad, y a su vez, denota armonía entre ambos. Por otro lado, se manifiesta una organizada tendencia por parte del Estado a sectorizar las urbes, a los fines de optimizar la distribución del territorio de la forma más conveniente. Se observa también una variada nómina de leyes destinadas a regular la urbanización, abordándola desde aspectos tan distintos como la construcción, la gestión o la publicidad. Finalmente, se destaca una original alternativa, propuesta desde la arquitectura; que son los containers destinados a vivienda, debido a su bajo costo, adaptabilidad y versatilidad, los que a su vez brindan una solución de importancia capital a una problemática jurídica y social, como es la satisfacción del derecho a la vivienda digna.

 

 

Vea texto íntegro de la publicación.

 

 

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