Diario Constitucional

Caso de un ciudadano guatemalteco.

Corte en Denver resolvió que no se puede negar libertad bajo fianza a presos indocumentados.

Jueces no pueden negar la libertad bajo fianza a indocumentados inmigrantes en causas penales solamente porque están en EEUU ilegalmente y pudieran ser deportados antes del juicio.

Por Redacción·01 de diciembre de 2017·1 min de lectura
Corte en Denver resolvió que no se puede negar libertad bajo fianza a presos indocumentados.
Referencial

La Corte del Décimo Circuito de Apelaciones en Denver resolvió que no se puede negar la libertad bajo fianza a presos indocumentados sólo por carecer de presencia legal en el país, o por su potencial deportación antes de llegar a juicio.

La sentencia recae en el caso de un ciudadano guatemalteco que fue arrestado en julio por robo agravado de identidad, uso de un número falso de seguro social y declaraciones falsas por escrito ante autoridades federales que ya había sido deportado en 2001, aunque luego reingresó a EEUU y que actualmente se encuentra privado de libertad en espera del juicio.

Su defensa argumentó que no permitirle obtener la libertad provisional mientras espera el juicio es una decisión ilegal, pues se basó en una confusión sobre su situación inmigratoria por parte de los fiscales. Además, porque al negársele la fianza por el riesgo de que "escapase" implica homologar la fuga con la deportación, lo que no puede considerarse como equivalente porque una es un acto voluntario y la otra no.

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