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Gran Sala se hará cargo de las deliberaciones.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea comienza a estudiar el caso de una pareja del mismo sexo casada en Bélgica cuyo matrimonio no reconoce Rumanía.

Decisión podría tener consecuencias para los únicos seis Estados miembros que actualmente no reconocen a las parejas del mismo sexo: Rumanía, Bulgaria, Eslovaquia, Letonia, Lituania y Polonia.

11 de diciembre de 2017

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comenzó a examinar el caso de una pareja del mismo sexo casada legalmente en Bélgica, pero cuyo matrimonio no reconocen las autoridades de Rumanía y que podría sentar un precedente para la libertad de circulación de las personas LGTB en el territorio de la Unión Europea.
Una sentencia positiva obligaría a todos los estados miembros a reconocer los matrimonios y uniones civiles legalmente celebrados en otros países de la Unión y traería profundas consecuencias para las parejas del mismo sexo.
El caso lo lleva adelante un ciudadano rumano y su marido estadounidense, casados legalmente en Bélgica. La pareja presentó una demanda ante las autoridades rumanas por negarse a reconocer su matrimonio lo que le impide al ciudadano americano obtener permisos de residencia y de trabajo y, por tanto, permanecer más de tres meses seguidos en Rumanía.
Hace año el Tribunal Constitucional rumano anunció que aplazaba su decisión para que los jueces pudieran consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea al acoger la solicitud de los demandantes que argumentan que se trata de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo que ha sido vulnerada en su caso. Se trata de la primera vez que el Tribunal Constitucional rumano acude al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
La clave del caso reside en dilucidar si una pareja casada del mismo sexo tiene derecho a que se le aplique la normativa europea sobre reunificación familiar, toda vez que uno de sus miembros es un ciudadano comunitario.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha anunciado que la Gran Sala se hará cargo de las deliberaciones. Una sala en la que participan quince jueces de otros tantos Estados miembros y que solo resuelve asuntos de especial complejidad y relevancia, cuya decisión podría tener consecuencias para los únicos seis Estados miembros que actualmente no reconocen a las parejas del mismo sexo: Rumanía, Bulgaria, Eslovaquia, Letonia, Lituania y Polonia.
Del alto Tribunal con sede en Luxemburgo han salido sentencias favorables para los derechos LGTB, como la que prohibió las pruebas denigrantes para los solicitantes de asilo homosexuales o la que equiparaba los derechos laborales de las parejas del mismo sexo a las que se prohíbe el matrimonio, con los de las parejas casadas.
Otra sentencia dictada por el Tribunal Europeo, pero que ha cuestionada, es la que consideró lícito que se pueda prohibir a los gais donar sangre. Este último fallo, en todo caso, precisa que para que un estado prohíba a los homosexuales donar sangre “es preciso demostrar que estas personas están expuestas a un riesgo elevado de contraer enfermedades infecciosas graves, como el VIH, y que no existan técnicas eficaces de detección o métodos menos coercitivos para garantizar un alto nivel de protección de la salud de los receptores”. En  Chile se eliminó en 2013 la prohibición de donar a hombres homosexuales y bisexuales, supeditando la selección no a la orientación sexual, sino a la existencia o no de prácticas de riesgo previas y a que la sangre donada sea sometida a test de VIH y de otros agentes infecciosos.
De manera paralela al juicio promovido por la pareja rumano-estadounidense, en Rumanía se está desarrollando un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario, luego de que el Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno en julio del año pasado a la iniciativa popular de referéndum sobre el asunto promovida por la Coalición por la Familia —un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa— que reunió más de 3 millones de firmas. La propuesta obtuvo así luz verde para su tramitación en el Parlamento. Para que la iniciativa prospere, debe ser aprobada por los representantes de las dos cámaras que constituyen el Parlamento rumano, y después ser sometida a consulta popular.
En mayo de este año, la Cámara de Diputados aprobó la medida por 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan y en septiembre, el gobernante Partido Socialdemócrata anunció la próxima convocatoria de un referéndum que aún no se ha llevado a cabo. Si el plebiscito se produce finalmente y los ciudadanos respaldan la propuesta, Rumanía se sumaría a la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo: Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

 

Vea sentencia que prohibió las pruebas denigrantes para los solicitantes de asilo homosexuales.

Vea sentencia que equipara los derechos laborales de las parejas del mismo sexo a las que se prohíbe el matrimonio con los de las parejas casadas.

Vea comunicado sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que considera considera lícito que se pueda prohibir a los gais donar sangre.

Vea Directiva 2044/ 33/ CE, que determina que las personas cuya conducta sexual supone un alto riesgo de contraer enfermedades infecciosas graves transmisibles por la sangre sean excluidas permanentemente de la donación de sangre.

 

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