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Con voto particular.

TC español declaró inconstitucional y anula parte de la reforma a la ley que regula la RTVE promovida por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012.

Esta sentencia llega tres meses después de que el Parlamento aprobó una nueva reforma de la ley de RTVE, que afecta tanto al número de consejeros como a su elección.

28 de diciembre de 2017

El Tribunal Constitucional español declaró inconstitucional algunas normas que modifican la ley de RTVE que emprendió el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012.

Cabe recordar que la oposición promovió un recurso de inconstitucionalidad en el que cuestionaba las argumentaciones “abstractas y ambiguas” del Gobierno para justificar los cambios en la ley que regula la radio y la televisión públicas. Tales enmiendas, realizadas a través de un real decreto ley, redujeron de 12 a nueve el número de miembros del consejo de administración. Además, se eliminó uno de los aspectos que recogía la ley de 2006: que dos de los vocales fueran elegidos por los sindicatos más representativos (CC OO y UGT).

El TC resolvió que la reducción del consejo y de su régimen retributivo no puede ampararse en una causa de “extraordinaria y urgente necesidad” y rechaza las apelaciones al “ahorro” y al “principio de austeridad”. “La exposición de motivos no relaciona la reducción del número de consejeros con la necesidad de reducir gastos ni con la garantía de un funcionamiento más eficaz y eficiente de la corporación”, dice la sentencia.

La reforma también cambió el sistema de elección del presidente de la corporación de modo que si el candidato no obtenía en la primera votación el respaldo de dos tercios del Congreso, en la segunda ronda solo sería necesaria la mayoría absoluta, lo que permitió al partido de Gobierno designar, exclusivamente con sus votos, al actual presidente de RTVE, lo que justificó para evitar la situación de “bloqueo” o de “parálisis” en el funcionamiento de la corporación estatal.

Los socialistas argumentaron que la verdadera finalidad del Gobierno al facilitar la elección por mayoría absoluta era lograr un consejo de administración dominado por la mayoría gubernamental, “frenando así cualquier tipo de control parlamentario sobre RTVE”.

La sentencia cuenta con un voto particular en el que se sostiene que el decreto ley no es un instrumento normativo constitucionalmente admisible para regular la televisión y la radio públicas. Precisa también que al suprimir la necesidad de que el presidente de RTVE fuera elegido por una mayoría reforzada se privó a las minorías parlamentarias “de la capacidad de utilizar la negociación política para asegurar la elección plural” de los órganos de dirección del ente.

Esta sentencia llega tres meses después de que el Parlamento  aprobó una nueva reforma de la ley de RTVE, que afecta tanto al número de consejeros como a su elección.

 

 

Vea textos íntegros de la sentencia y del voto particular.

 

 

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