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Ministro Álvaro Mesa condena a Carabineros en retiro como coautores de apremios ilegítimos en Castro.

Se condenó al sargento segundo (r) de Carabineros, Luis Diógenes Ulloa Bahamonde y al ex carabinero Carlos Ulises Cifuentes Hernández a la pena de 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, como coautores de los delitos consumados de apremios ilegítimos.

29 de diciembre de 2017

El Ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las Cortes de Apelaciones de Temuco, Valdivia y Puerto Montt, Álvaro Mesa Latorre, condenó al sargento segundo (r) de Carabineros, Luis Diógenes Ulloa Bahamonde y al ex carabinero Carlos Ulises Cifuentes Hernández a la pena de 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, como coautores de los delitos consumados de apremios ilegítimos en las personas de Mario Enrique Contreras Vega, César Vladimir Leiva Garrido, Domingo Álvarez Cárdenas, Raúl Ángel Andrade Oyarzún, Carlos Jerges Torres Vera, Noé Alejandro Cárdenas Alvarado y Werne Víctor Haro Oyarzún, ilícitos perpetrados entre los meses de septiembre de 1973 y septiembre de 1974, en la comuna de Castro.
El Ministro Mesa condenó, además, a Ulloa Bahamonde y a Cifuentes Hernández a la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, más las costas del juicio.
En la etapa de investigación, el Ministro en visita extraordinaria logró establecer que las víctimas fueron detenidas en distintos lugares entre el 11 de septiembre y fines de 1974 y llevados hasta la Segunda Comisaría de Carabineros de Castro donde funcionarios de la Comisión Civil- Servicio de Inteligencia de Carabineros (Sicar) los sometieron a diversos apremios ilegítimos en distintos periodos de tiempo.
En el aspecto civil, el fallo condenó al Fisco a pagar una indemnización de $20.000.000 por el daño moral a Carlos Jerges Torres Vera, Werne Víctor Haro Oyarzún, Noé Alejandro Cárdenas Alvarado y Domingo Álvarez Cárdenas.

 

Vea  resolución

 

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