Diario Constitucional

Con disidencia.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas que establecen atribuciones de Superintendencia de Casinos de Juego.

Los preceptos impugnados establecen, en esencia, las funciones y atribuciones de la Superintendencia de Casinos de Juegos.

Por Redacción·20 de enero de 2018·2 min de lectura
Tribunal Constitucional
Referencial

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba los artículos 1°; 2°; 3° letras a), b), c), g), h), i) y j); 35°; 36° y 37° números 1, 2, 4, 7, 8 y 9 de la Ley N° 19.995, que establece las Bases Generales para la Autorización, Funcionamiento y Fiscalización de Casinos de Juegos.

Los preceptos impugnados establecen, en esencia, las funciones y atribuciones de la Superintendencia de Casinos de Juegos.

La gestión pendiente incide en un recurso de amparo económico, de que conoce la Corte de Santiago, en el que en los que se impugnó la sentencia que condenó a la empresa requirente a pagar una indemnización por infringir el precepto impugnado.

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