En forma unánime.
CS rechazó protección contra administración de un edificio por corte del suministro eléctrico debido a una deuda por gastos comunes impagos.
El recurrente no ha acreditado en autos la existencia de un derecho indiscutido y preexistente.

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó la acción de protección deducida por una empresa contra el presidente del comité de administración y el administrador de un edificio, por disponer el corte del suministro eléctrico debido a una deuda por gastos comunes impagos, lo que atentaría contra el derecho de propiedad.
En su sentencia, el máximo Tribunal expuso que “el recurrente no ha acreditado en autos la existencia de un derecho indiscutido y preexistente de aquellos cuyo imperio esta Corte debe proteger por esta vía cautelar de urgencia, razón suficiente para concluir que la presente acción ha de ser rechazada, sin perjuicio de las restantes acciones que puedan corresponder a las partes. Por tanto, revocó la sentencia apelada y rechazó el recurso de protección deducido.
Te puede interesar

En forma unánime.
CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducida por un sindicato de conductores de transporte público contra la nueva licitación del Transantiago.

En forma unánime.
CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducida por Unión Española contra Tesorería Regional por rechazar alegaciones de vicios en una cobranza de obligación tributaria.

En forma unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra CGR por ordenar a Municipalidad invalidación del proceso de licitación de un complejo turístico.

