Por extemporáneo.
CPLT declaró inadmisible amparo de acceso a la información contra Ejército relativo a la regulación de la jornada laboral de mujeres con fuero maternal en la institución.
De los antecedentes expuestos en el presente amparo, se desprende que éste fue interpuesto en forma extemporánea.

Se dedujo amparo de acceso a la información en contra del Ejército de Chile, fundado en que dicho organismo denegó la información pedida, relativa la regulación de la jornada laboral de las mujeres que se encuentran con fuero maternal en la institución.
Al respecto, el Consejo para la Transparencia recuerda que de acuerdo con lo que disponen el artículo 24 de la Ley de Transparencia y los artículos 42 y 44 del Reglamento, una vez vencido el plazo máximo de veinte días hábiles que disponen los órganos de la Administración del Estado para la entrega de la documentación requerida o denegada que fuere la petición, según el caso, la parte requirente tendrá derecho a recurrir por escrito ante el Consejo solicitando amparo a su derecho de acceso a la información pública.
Se agrega luego que dicha reclamación debe necesariamente presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde la notificación de la denegación de acceso a la información o desde que haya expirado el plazo previsto para la entrega de la misma.
Te puede interesar

En forma unánime.
CS rechazó unificación de jurisprudencia y confirmó sentencia que determinó vínculo laboral entre Municipalidad y un trabajador a honorarios.

En forma unánime.
CS rechazó unificación de jurisprudencia respecto de sentencia que invalidó de oficio el fallo que acogió denuncia de tutela laboral por pronunciarse sobre un punto no sometido a su resolución.

Durante negociación colectiva.
Dirección del Trabajo califica de «ilícito» uso de sistemas automatizados o electrónicos para reemplazar las labores de trabajadores en huelga legal.

