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En forma unánime.

CS rechazó amparo contra Policía de Investigaciones pero dejó sin efecto arraigo decretado erróneamente respecto de amparado.

La vigencia de la orden de arraigo que pesaba contra el amparado obedeció únicamente al error en que incurrió el Primer Juzgado de Familia de San Miguel.

5 de febrero de 2018

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de apelación presentado en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que a su vez había acogido la acción de amparo deducida por un particular contra la Policía de Investigaciones de Chile, por mantener vigente un arraigo que ya había sido alzado por el tribunal de familia que lo decretó.

La sentencia del máximo Tribunal sostuvo que, aparece de los antecedentes que la vigencia de la orden de arraigo que pesaba contra el amparado obedeció únicamente al error en que incurrió el Primer Juzgado de Familia de San Miguel al comunicarla a la Policía de Investigaciones respecto de un proceso que era ajeno al recurrente. Por tanto, el actuar de este organismo se ajustó a la legalidad vigente y a lo informado por dicho tribunal. Por lo anterior, la Corte revocó la sentencia apelada, sólo en cuanto por ella se acogió el recurso contra la Policía de Investigaciones de Chile, decidiendo, en cambio, que a su respecto queda rechazado, confirmándose en lo demás el pronunciamiento, que ordenó al Primer Juzgado de Familia de San Miguel dejar sin efecto el arraigo decretado erradamente respecto del amparado, debiendo comunicar lo pertinente a la Policía de Investigaciones de Chile.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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