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Eventual falta de probidad.

CGR ordena a Fuerza Aérea instruir investigación sumaria contra suboficial denunciado por violencia intrafamiliar.

El principio de probidad alcanza a todas las actividades que un servidor público realiza y conlleva el deber de observar una vida privada acorde con la dignidad de la función.

8 de febrero de 2018

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República –por parte de la hija de un suboficial de las Fuerza Aérea- respecto a la denuncia presentada ante esa institución sobre los malos tratos que su padre, le proporciona, los que dieron inicio a un juicio por violencia intrafamiliar en el tribunal que indica; asimismo, denunció el hostigamiento y las mofas que sufre por parte de su progenitor, toda vez que este abusa de su condición de miembro de las Fuerzas Armadas, frente a los requerimientos judiciales que le ordenan devolver su hijo a la recurrente, los cuales, en varias ocasiones, se han intentado cumplir por Carabineros de Chile, no obstante, no se han materializado porque por su padre lo impide.

La Fuerza Aérea informó que debía abstenerse de intervenir, por tratarse de asuntos de índole familiar, cuyo conocimiento se encuentra sometido a los Tribunales de Justicia.

Al respecto, el ente contralor recuerda que el principio de probidad implica mantener una conducta funcionaria intachable en el desempeño del cargo, comportamiento que no solo constituye un sinónimo de honestidad, sino que alcanza a todas las actividades que un servidor público realiza y que conlleva el deber de observar una vida privada acorde con la dignidad de la función.

Enseguida, la Contraloría sostiene que de acuerdo a su dictamen N° 3.259, de 2012, el aludido principio de probidad administrativa puede incluso afectar el comportamiento privado del servidor, en tanto pudiere significar, entre otras consecuencias, desprestigio de la institución o faltar a la lealtad debida a sus jefaturas, a sus compañeros y a la comunidad, de manera que, contrariamente a lo señalado por esa entidad castrense, los hechos que se denuncian puede constituir una vulneración a la citada directriz, conforme se ha expresado, entre otros, en el dictamen N° 26.411, de 2017.

En consecuencia, el órgano contralor concluye manifestando que esa institución castrense deberá informar a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de la Contraloría General, el inicio de la investigación sumaria administrativa antes ordenada, con el fin de determinar las eventuales responsabilidades disciplinarias que se deriven de los hechos denunciados, acompañando el acto administrativo que dé cuenta de ello.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 41.172 de 2017.

 

 

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