En fallo unánime.
TOP de Rancagua absuelve a futbolista amateur por no acreditarse intención de lesionar a rival.
El Tribunal dictó la absolución de Mena Miranda por no lograr convicción, debido a la insuficiencia de prueba y contradicciones, para dar por establecer el delito.

En fallo unánime, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua dictó sentencia absolutoria en favor de José Heriberto Mena Miranda, acusado por el Ministerio Público como autor del delito de lesiones graves, ilícito supuestamente perpetrado en el Estadio Municipal de Malloa, el 11 de octubre de 2015.
La sentencia sostiene que tal como se expresó en el veredicto, se resolvió absolver al acusado de los cargos formulados en su contra como autor del delito de lesiones graves, toda vez que, sin perjuicio que la entidad de las lesiones de Javier Ascuí no resultaron discutidas, la prueba de cargo resultó insuficiente para acreditar que, el día 11 de octubre de 2015, el acusado golpeó sin motivo justificado y con la intención de lesionar a Ascuí Hormazábal, causándole lesiones graves, puesto que, con los antecedentes incorporados se pudo establecer que las lesiones al ofendido fueron producto de una jugada dentro de un partido de fútbol, en la disputa de un balón, y como lo sostuvo, sin que pueda calificarse de violenta la conducta del acusado.
La resolución agrega que no se comprobó la intención de lesionar por parte del encausado, sino más bien se acreditó que se trató de una jugada de fútbol en que se disputó un balón dividido, por el cual el acusado llegó con fuerza desmedida una fracción de segundos tarde, lo que ocasionó las lesiones del afectado Ascuí Hormazábal, sin que pueda atribuirse a dicha acción dolo de lesionar a su rival.
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