Noticias

Con disidencia.

Corte de Santiago acogió protección contra Isapre por no otorgar cobertura por enfermedad catastrófica a paciente que requiere tratamiento de radioterapia de alta complejidad.

La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Opazo, quien estuvo por rechazar el recurso de protección.

26 de febrero de 2018

La Corte de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto contra la Isapre Cruz Blanca por no otorgar cobertura adicional por enfermedades catastróficas al tratamiento de aquél por quien se recurre de radioterapia de alta complejidad, al no tener un arancel asociado en la Isapre.
La sentencia del Tribunal de alzada concluyó que, al no entregar la cobertura correspondiente, habiéndose ya efectuado el tratamiento, se está incurriendo en una conducta arbitraria que vulnera la garantía constitucional establecida en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, puesto que la Isapre con su conducta pretende dejar de bonificar la prestación de salud ya otorgada al recurrente, imponiéndole en consecuencia el pago a éste de una suma de dinero sin que exista fundamento para ello.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Opazo, quien estuvo por rechazar el recurso de protección, pues debe declararse la extemporaneidad del presente recurso, en atención a que de sus antecedentes es posible concluir que el recurrente tomó conocimiento de la respuesta otorgada por la Isapre con anterioridad al plazo de 30 días en que debió interponerse el presente recurso de protección.

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

RELACIONADO
*CS acogió protección y ordena a Compañía de Seguros otorgar cobertura a hospitalización…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *