Noticias

Con prevenciones.

CS acogió casación y estableció que solamente puede hacerse cobro de patentes municipales a contribuyentes existentes.

A pesar de que el razonamiento del tribunal resulta válido, éste es asimismo incompleto.

26 de febrero de 2018

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte ejecutada en contra de la sentencia de segundo grado en procedimiento ejecutivo de patentes municipales.
La sentencia del máximo Tribunal sostuvo que la sentencia impugnada yerra al considerar la obligación ejecutada válida, siendo en realidad nula, lo cual lleva a la incorrecta aplicación del artículo 464 N°14 del Código de Procedimiento Civil. A juicio del tribunal censurado, el organismo municipal se encontraría habilitado para realizar el cobro de las mencionadas obligaciones tributarias toda vez que el título en que consta sería válido –a la luz del artículo 47 de la Ley sobre Rentas Municipales– y en cuanto la actividad realizada por la ejecutada se encontraría gravado por dicho impuesto –de acuerdo con los artículos 23, 24 y 29 de la misma norma-. Sin embargo, el mismo tribunal obvia hechos asentados en el procedimiento, específicamente, la disolución del contribuyente, previa al periodo que se pretende ejecutar.
En efecto, y a pesar de que el razonamiento del tribunal resulta válido, éste es asimismo incompleto, tanto en cuanto resulta necesario para el cobro de una obligación la existencia del deudor mismo (el contribuyente), siendo ésta en caso contrario carente de causa, lo que ocurre en la especie.

 

Vea textos íntegros de la sentencia de casación y la sentencia de reemplazo.

 

RELACIONADO
*CS confirmó sentencia que acogió protección contra Municipalidad por no renovar patente de local comercial…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *