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En forma unánime.

CS confirmó sentencia que rechazó amparo por arresto nocturno y arraigo con suspensión de licencia de conducir decretados por Juzgado de Familia de Valparaíso.

Cabe recordar que la Corte de Valparaíso sostuvo que, del mérito de los antecedentes y lo informado por el Juez de Familia de Valparaíso, aparece que los apremios decretados se sustentan en la liquidación de deuda por concepto de pensiones de alimentos devengadas.

27 de febrero de 2018

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que rechazó la acción de amparo deducida por un ciudadano contra el Juzgado de Familia de Valparaíso, debido a que se decretó arresto nocturno y arraigo con suspensión de licencia de conducir en su contra por diferencias en el pago de las pensiones de alimentos.
Cabe recordar que la Corte de Valparaíso sostuvo que, del mérito de los antecedentes y lo informado por el Juez de Familia de Valparaíso, aparece que los apremios decretados se sustentan en la liquidación de deuda por concepto de pensiones de alimentos devengadas, que el propio alimentante reconoce, de manera que la decisión de imponer los mentados apremios, en ningún caso puede traducirse en un acto ilegal o arbitrario, por cuanto la Ley Nº 14.908, en su artículo 14, expresamente contempla la aplicación de apremios para el caso de no cumplimiento en el pago de los alimentos, cuyo es el caso de autos. Por lo anterior, se rechazó el recurso de amparo intentado.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada.

 

Vea textos íntegros de la sentencia de la Corte Suprema y la sentencia de la Corte de Valparaíso.

 

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