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En forma unánime.

CS rechazó unificación de jurisprudencia y confirmó desafuero de trabajadora embarazada.

El máximo Tribunal expuso que la decisión reprobada se asienta sobre sucesos dispares con aquellos en los que descansan los laudos de cotejo.

8 de marzo de 2018

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por una trabajadora en relación al fallo dictado por la Corte de Rancagua, que acogió el recurso de nulidad deducido contra la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de San Fernando y concedió la autorización para despedir a la trabajadora beneficiada por fuero maternal.

El máximo Tribunal expuso que la decisión reprobada se asienta sobre sucesos dispares con aquellos en los que descansan los laudos de cotejo. En efecto, en la situación sub lite se demostró que el empleador procedió a la comunicación del término de la relación laboral con la demandada, antes de tomar conocimiento de su estado de gravidez, conclusión a partir desde la cual los sentenciadores prescindieron de toda inconveniencia o reproche al despido. Por tanto, los laudos allegados por la compareciente no encierran una inteligencia divergente sobre el concepto de derecho objeto de esta contienda, toda vez que resuelven sobre presupuestos fácticos desiguales a los promovidos y resueltos en la resolución impugnada, en vista de lo cual no es dable considerar que se esté en presencia de interpretaciones discrepantes acerca de un mismo negocio de derecho como lo estatuye el inciso segundo del artículo 483 del Código del Trabajo. Por lo anterior, la Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia intentado.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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