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Subterfugio laboral.

Juzgado de Letras del Trabajo multa a clínicas veterinarias por evadir pago de indemnizaciones.

Tribunal acogió la demanda presentada en contra de clínicas veterinarias, tras establecer que el controlador creó sociedades para ocultar el patrimonio de la empresa y evadir el pago de indemnizaciones y prestaciones laborales ordenado por fallo judicial.

9 de marzo de 2018

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda presentada en contra de clínicas veterinarias, tras establecer que el controlador creó varias sociedades para ocultar el patrimonio de la empresa.
El Tribunal acogió la demanda presentada por ex trabajadora de la Clínica Veterinaria Neptuno Limitada, tras dar por acreditado que constituye una unidad económica con las empresas "Trabajadores ex Clínica Veterinaria Neptuno Limitada" y "Emilio Nilo Banegas EIRL", las que fueron utilizadas para diluir el patrimonio y evadir el pago de indemnizaciones y prestaciones laborales ordenado por fallo judicial.
La sentencia sostiene que respecto de la existencia de subterfugio por parte de las demandadas, éste se tendrá por acreditado. En efecto, de la profusa prueba documental de la demandante, consta que las demandas han sido creadas para evadir el cumplimiento de las obligaciones respecto de la denunciante, recurriéndose, por parte de su controlador, al uso de diversos medios legales, en apariencia lícitos, para huir y excusarse de aquellas obligaciones, constituyendo la creación de diversas sociedades comerciales un ardid para escapar de su cumplimiento, tanto voluntario como forzado, y de las indemnizaciones asociadas a este incumplimiento, cuestión que, no está de más dejar asentado, ha significado disminución y pérdida de derechos laborales individuales. En consecuencia, no puede más que considerarse que las demandadas han incurrido en subterfugio, conforme a los términos del artículo 507 del Código del Trabajo, razón por la cual serán multadas.
La resolución agrega resulta claro que procede el pronunciamiento respecto del subterfugio laboral toda vez que se ha acreditado la existencia de un vínculo en los términos del artículo 3° del Código del Trabajo. En consecuencia, y de acuerdo a lo resuelto precedentemente, serán desestimadas las excepciones de falta de legitimación pasiva opuestas por las demandadas Trabajadores Ex Clínica Veterinaria Neptuno Limitada y Emilio Nilo Banegas, cuyos fundamento de ambas, se sostienen en que la actora ya habría realizado una denuncia de unidad económica y subterfugio laboral ante el 2° Juzgado de Letras del Trabajo en los autos Rit O-586-2016, para lo cual acompañan dicha la sentencia definitiva respectiva, de la cual, precisamente se destacó su considerando vigésimo ya analizado, concluyéndose por este sentenciador que en caso alguno tales acciones han sido ejercida por la actora.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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