Existe riesgo.
TS de España rechazó poner en libertad a ex presidente de la Asamblea Nacional Catalana o darle permiso para asistir al Pleno de investidura.
No se han desvanecido los elementos objetivos que configuran el riesgo de que el encausado persevere en alcanzar su objetivo.

El TS de España rechazó la libertad solicitada por el expresidente de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez, así como los permisos extraordinarios para poder acudir al Parlamento de Cataluña al acto de investidura previsto para el próximo lunes 12 de marzo, manteniendo la medida cautelar de prisión provisional comunicada y sin fianza para él.
La resolución basó su decisión en el riesgo de reiteración delictiva, al subrayar que los delitos que está investigando se desplegaron precisamente desde actuaciones legislativas y ejecutivas “claramente ilegales, y desatendiendo de manera flagrante los controles constitucionales, judiciales e institucionales dispuestos en nuestro ordenamiento jurídico, lo que se hizo en aplicación de una táctica que no ha sido excluida y sigue respaldándose de presente”.
Se aduce que, aun cuando los encausados nunca hubieran buscado un desafío violento, a partir del 20 de septiembre de 2017 (fecha del asedio a la Consellería de Economía) “hubieron de representarse que sus movilizaciones introducían la probabilidad de este desenlace. Y si aceptando el pronóstico, persistieron en su intención de instrumentalizar ese comportamiento colectivo, su responsabilidad abarcaría la intencional utilización de la violencia en la consecución de sus fines secesionistas que se analiza en este proceso”.




