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En fallo unánime.

Corte de Copiapó rechaza protección por instalación de carros de comida en Bahía Inglesa.

El Tribunal de alzada estimó que no existe infracción en las autorizaciones otorgadas por la Municipalidad.

10 de marzo de 2018

En fallo unánime,  la Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de protección presentado por empresarios turísticos y comerciantes establecidos de Bahía Inglesa, comuna de Caldera, en contra de la Municipalidad que autorizó la instalación de carros de comida rápida, juegos de entretención y de expendio de frutas y verduras en el balneario, en diciembre pasado.
La sentencia sostiene que los carros cuestionados han operado y operan en el balneario de Bahía Inglesa, al amparo de las normativa pertinente, obteniéndose por la recurrida la autorización para el cierre de las calles en que la actividad se desarrollaría y realizándose por la Autoridad Sanitaria las fiscalizaciones de rigor, instruyéndose sumarios sanitarios en los casos en que se pesquisó alguna irregularidad.
La resolución agrega que sin perjuicio que la justificación acerca de la forma de afectación de cada una de las garantías invocadas aparece difusa, más bien pareciera que los recurrentes no comparten la decisión de la recurrida de permitir la realización de la actividad comercial que cuestionan, en el espacio dispuesto para ello, porque se verá saturado y perjudicará la actividad económica del lugar, aspectos estos últimos que en caso alguno pueden ser debatidos en esta sede constitucional extraordinaria, sino a través de los mecanismos que el derecho administrativo pone a disposición de los afectados.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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