Diario Constitucional

En fallo unánime.

CS acoge recurso de queja y mantiene reserva de información de actas del COSENA.

El máximo Tribunal estableció falta o abuso grave al ordenar la entrega de los antecedentes.

Por Redacción·22 de marzo de 2018·3 min de lectura
CS acoge recurso de queja y mantiene reserva de información de actas del COSENA.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió recurso de queja y ordenó mantener la reserva de las actas de Consejo de Seguridad Nacional (COSENA) anteriores al año 2005.

La sentencia sostiene que al decidir, sin embargo, que el Consejo para la Transparencia es competente para pronunciarse sobre el acceso a la información contenida en las actas del COSENA, pues resulta aplicable en la especie la Ley de la Transparencia, específicamente en sus Títulos II y IV, los sentenciadores infringen gravemente lo prescrito en los artículos 106 y 107 de la Constitución Política de la República, así como en los artículos 1, 2, 5, 10 y 32 de la Ley N° 20.285 y, además, en el artículo 1 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que excluyen al Consejo de Seguridad Nacional de aquellos órganos o servicios a cuyo respecto el Consejo para la Transparencia se encuentra facultado para decidir en torno a la publicidad de la información que se halle en su poder.

La resolución agrega que por el contrario, la normativa constitucional, tanto en su regulación actualmente vigente, cuanto aquella que regía en forma previa a la reforma constitucional del año 2005, entrega en forma exclusiva y excluyente al propio COSENA la facultad de decidir acerca de esta materia, constatación que impide entender que el Consejo para la Transparencia cuente, efectivamente, con facultades para pronunciarse al respecto en relación a este específico ente estatal.

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