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Atiende Oficio de la Contraloría Regional de Los Ríos.

CGR se pronuncia sobre modificación del Plan Regulador Comunal de Valdivia.

Fue representado en dos ocasiones anteriores por esa sede regional a través de sus oficios Nos 906, de 2014 y 4.170, de 2016.

13 de abril de 2018

Se remitió a la Contraloría General de la República –por parte de la Contraloría Regional de Los Ríos- la resolución de ese Gobierno Regional, que promulga la Modificación del Plan Regulador Comunal de Valdivia (PRC), instrumento de planificación territorial que, sobre la base de lo consignado por la División de Infraestructura y Regulación, fue representado en dos ocasiones anteriores por esa sede regional a través de sus oficios Nos 906, de 2014 y 4.170, de 2016.

Al respecto, el ente contralor hace presente que, en lo que atañe a lo objetado en el punto N° 3 del citado oficio 4.170, en orden a que no se advierte el sustento para la eliminación del riesgo de inundación y remoción en masa reconocido en el "Estudio Fundado de Riesgos y Protección Ambiental", que la exclusión de la lámina contenida en la anterior página 218 -Geología para el Ordenamiento Territorial: Área de Valdivia. Región de Los Lagos. Carta Geológica de Chile. Ser. Geología Ambiental- del nombrado estudio, no resulta suficiente para entender superada dicha observación considerando, por lo demás, que en el “INFORME II” de respuesta al singularizado oficio de representación, la pertinente entidad edilicia señala que dicho antecedente es “parte fundante del estudio desde un inicio”.

Asimismo, el dictamen indica que mantiene la observación efectuada en el punto N° 4, letra a) del mencionado oficio, toda vez que en el plano PRC – VAL – 02, en el Parque Borde de Río Calle-Calle, al oriente de la calle Bombero Classing, aparece dibujado "vegas", sin embargo, no se grafica la trama para indicar tal área de riesgo como consigna la leyenda.

Respecto al reparo incluido en la letra b) del aludido punto N° 4, el ancho mínimo entre líneas oficiales anotado en la Ordenanza Local (OL) para la vía Carampangue entre Walter Schmidt hasta la calle Yungay la Contraloría General señala que no coincide con el establecido en el respectivo plano, en el tramo entre Libertador Bernardo O’Higgins y Yungay.

A su vez, el órgano contralor sostiene que en los planos se mantienen áreas en las que no se especifica ninguna categoría de las referidas en la viñeta de los planos que se vienen sancionando, entre ellas, al costado norponiente de la vía Bombero Hernández; al norte de la Avenida Francia entre Santa Wilma y San Luis, en los sectores indicados como “ESTACIONAMIENTOS”; al norponiente de la Avenida Los Robles, en el tramo existente entre Los Laureles y el Río Valdivia; por el lado sur de la Avenida San Luis, entre A. Sommer y Santa Hortencia y al poniente de A. Godoy, entre Sergio Santander y Honorino Landa, lo que no permite dar por subsanada la observación contenida en la letra f) del punto N° 4.

Por último, el dictamen formula una serie de reparos en relación con las adecuaciones que fueron realizadas al instrumento de planificación en comento, con posterioridad al oficio de representación N° 4.170.

En consecuencia, la Contraloría General concluye que habida cuenta de que la Administración, al corregir el documento de que se trata, debe revisar la totalidad de sus disposiciones, a fin de armonizar su contenido con la normativa y los criterios ya establecidos en la jurisprudencia administrativa.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 5.823 de 2018.

 

 

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