Miércoles 18 de abril.
TC escuchará alegatos en inaplicabilidad que impugna norma que permite al SII presumir renta mínima imponible.
La requirente estima que el precepto impugnado vulnera el principio de reserva legal de los tributos.

El miércoles 18 de abril el Tribunal Constitucional escuchará alegatos de admisibilidad en un requerimiento que pretende obtener la inaplicabilidad del artículo 35 de la Ley de Impuesto a la Renta, en la frase “o a un porcentaje de las ventas realizadas durante el ejercicio, el que será determinado por la Dirección Regional, tomando como base, entre otros antecedentes, un promedio de los porcentajes obtenidos por este concepto o por otros contribuyentes que giren en el mismo ramo o en la misma plaza”.
La gestión pendiente incide en recursos de casación en la forma y en el fondo, de que conoce la Corte Suprema, que impugna una sentencia dictada en un procedimiento de reclamo tributario presentado por la requirente.
La requirente estima que el precepto impugnado vulnera el principio de reserva legal de los tributos, por cuanto permite el ejercicio arbitrario de la potestad administrativa, pues el SII puede calificar por sí y ante sí el presupuesto para su aplicación y puede determinar la base imponible a su entera discrecionalidad. Asimismo, considera que infringe vulnerados los principios de proporcionalidad, justicia e igualdad, ya que se establece un tributo manifiestamente desproporcionado o injusto. Por último, aduce que conculca el debido proceso, pues se faculta al SII para emitir un acto administrativo con motivación secreta, lo que afecta su derecho a defensa.
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