No contribuiría al fortalecimiento de la democracia.
TRICEL se pronunciará sobre denuncia contra la UDI por no sancionar a diputado Urrutia que trató de terroristas a víctimas de prisión política y tortura.
No contribuiría al fortalecimiento de la democracia y al respeto, garantía y promoción de los derechos humanos.

El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará respecto de la denuncia interpuesta por los partidos políticos Revolución Democrática, Ciudadano Poder, Partido Socialista de Chile y Partido Político Igualdad en contra del partido político Unión Demócrata Independiente (UDI), por infracción a las disposiciones de la LOC de Partidos Políticos.
En su libelo, los denunciantes exponen que el día jueves 19 de abril, durante la discusión que originó la cuenta de la mesa en la Sala de la Cámara de Diputados por el retiro del proyecto de ley que otorga un aporte único de carácter reparatorio a las víctimas de prisión política y tortura reconocidas por el estado de Chile, el diputado Ignacio Urrutia señaló: “No es la primera vez que se entrega este beneficio, ya es como la décima vez que se entrega este regalito a gente que, más que exiliados, fueron más que nada terroristas”. La situación descrita fue recogida por la opinión pública, generando visible polémica no sólo en la Cámara, sino en el mundo político en general. Sin embargo, el partido político denunciado, al que se encuentra afiliado el diputado Urrutia, tuvo una respuesta deficiente al no iniciar un procedimiento disciplinario interno ante su tribunal supremo ni sancionarlo. Así, el inciso tercero de la LOC de Partidos Políticos establece que los partidos políticos deben contribuir al fortalecimiento de la democracia y al respeto, garantía y promoción de los derechos humanos, lo que no cumple en el caso pues la UDI, al no tomar medidas respecto a los dichos del diputado afiliado a su partido, no cumple con el rol activo que le asigna el precepto indicado. Por tanto, solicitan que se le aplique una amonestación por escrito al partido denunciado, de acuerdo al artículo 61 de la LOC de Partidos Políticos.
Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre esta denuncia.
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