Diario Constitucional

Derecho a la privacidad.

TEDH revisará condena a España por el despido de 5 cajeras grabadas robando con cámaras ocultas.

De acuerdo con la sentencia, que será revisada tras el recurso presentado por la Abogacía del Estado, el dueño del supermercado habría violado el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) sobre el derecho al respeto de la vida privada.

Por Redacción·23 de mayo de 2018·2 min de lectura
TEDH revisará condena a España por el despido de 5 cajeras grabadas robando con cámaras ocultas.
Referencial

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) revisará en Gran Sala el próximo día 28 de mayo, la sentencia que dio la razón a cinco cajeras de un supermercado de Barcelona que fueron despedidas después de que la empresa descubriera que robaban en el establecimiento gracias a cámaras ocultas (se colocaron sin que ellas lo supieran).

En una resolución del pasado mes de enero, el Tribunal de garantías entendió que se violó su derecho a la privacidad y obligó a España a indemnizarles con 4.500 euros a cada una por daños y prejuicios.

Según la sentencia, que será revisada tras el recurso presentado por la Abogacía del Estado, el dueño del supermercado habría violado el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) sobre el derecho al respeto de la vida privada, ya que las trabajadoras deberían haber sido informadas de la colocación de estas cámaras ocultas. Por ello impuso el pago de 4.000 euros de indemnización a cada una, además de 500 euros a una de las demandantes por los costos del procedimiento judicial y 568 euros a las cuatro restantes.

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