En fallo unánime.
Corte de Chillán revoca sentencia y ordena suspensión del cargo a gendarmes por apremios ilegítimos a internos del recinto penitenciario.
El Tribunal de alzada acogió la acción judicial modificando la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Chillán en procedimiento abreviado, el 16 de abril pasado.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Chillán acogió el recurso de apelación y revocó la sentencia en contra de seis gendarmes en calidad de autores del delito de aplicación de tormentos o apremios ilegítimos a internos del Centro de Cumplimiento Penitenciario de la ciudad, ilícito perpetrado en marzo de 2016.
La sentencia sostiene que los recursos de apelación deducidos tanto por el Ministerio Público como por el Fisco de Chile, se dedujeron en contra de la decisión V de la sentencia de dieciséis de abril de dos mil dieciocho, en la que el Juez a-quo no aplicó la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público a los sentenciados.
A continuación, el fallo agrega que las penas de presidio menor en su grado medio que fueron impuestas a los sentenciados, de acuerdo al artículo 30 del Código Penal, llevan consigo la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. El legislador de manera expresa e imperativa dispone en dicha norma que las penas de presidio, reclusión, confinamiento, extrañamiento y relegación menores en sus grados mínimos y medios, y las de destierro y prisión, llevan la de suspensión de cargo u oficios públicos durante el tiempo de la condena.
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