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En forma unánime.

CS acogió protección deducida contra Municipalidad de Santiago por no renovar patente de alcoholes.

La autoridad recurrida incurrió en un acto ilegal que perturbó la garantía de igualdad ante la ley.

12 de junio de 2018

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió la acción de protección deducida por una empresa contra la Municipalidad de Santiago, por no acceder a renovar la patente de alcoholes de la que era titular, vulnerando el derecho a desarrollar una actividad económica lícita y el derecho de propiedad.

En su sentencia, el máximo Tribunal sostuvo que, siendo un hecho no discutido que la recurrente, con su recurso de reposición de fecha 2 de agosto de 2017, presentó antecedentes cuya ausencia previa fue el único fundamento de la decisión de no renovar la patente de alcoholes, aquella presentación no fue extemporánea y, por ende, tales documentos debieron ser considerados para efectos de decidir la solicitud de reposición. Al no haber ocurrido así, toda vez que la reposición fue rechazada sobre la base de que los antecedentes fueron presentados extemporáneamente, la autoridad recurrida incurrió en un acto ilegal que perturbó la garantía de igualdad ante la ley, ya que dio un trato discriminatorio a la recurrente en relación con otros titulares de patente de alcoholes que presentaron también los antecedentes necesarios para su renovación dentro del proceso llevado a cabo para tal efecto.

Por lo anterior, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada y acogió el recurso de protección, para el solo efecto que el Concejo de Santiago emita nuevamente pronunciamiento respecto de la renovación de la patente de alcoholes de la recurrente correspondiente al segundo semestre de 2017 considerando los antecedentes presentados por ésta junto a su solicitud de fecha 2 de agosto del mismo año.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 8983-2018.

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